VIOLENCIA CONTRA LOS INFANTES

En los artículos anteriores hablamos que el maltrato infantil, es definido como cualquier forma de abuso o desatención que afecte a un menor de 18 años, abarca todo tipo de maltrato físico o afectivo, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otra índole que dañe o pueda dañar la salud, el desarrollo o la dignidad del niño o que pueda poner en peligro su supervivencia en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder.

En los hogares mexicanos es muy común haber recibido un “chanclazo”, un cintarazo, una nalgada, un jalón de pelo o de oreja, una palmada, etc.

Y los que crecimos con ese tipo de crianza normalizábamos estas conductas tanto en casa como en la escuela recibimos el famoso “borradorazo” por parte de algún maestro. Ya que era parte de la “disciplina” y “corrección” sin embargo hoy en día estas conductas se consideran maltrato y violencia en contra de niñas, niños y adolescentes.

Según cifras de la UNICEF, revelan que al menos 6 de cada 10 niños de entre 1 a 14 años de edad, han sufrido métodos de disciplina violentos por parte de madres, padres, cuidadores o maestros.

Los menores que son expuestos a castigo corporal severo tienen menos probabilidad de tener un desarrollo adecuado. Además, informan que la disciplina violenta aumenta el riesgo de desarrollar comportamientos agresivos hacia niños o adultos.

En México, el castigo corporal y el trato humillante a niñas, niños y adolescentes está prohibido por ley desde enero de 2021. La reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código Civil Federal de cuidado de menores y la crianza positiva, conocida como “Ley Anti-chancla” marcó un cambio importante, pero aún enfrenta retos para garantizar un desarrollo saludable en la primera infancia.

El 11 de enero de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la prohibición de estos actos, definiendo como castigo corporal el uso de fuerza física que cause dolor o malestar, aunque sea leve. Esto incluye golpes, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de orejas, posturas forzadas, quemaduras o ingesta de alimentos hirviendo.

“La violencia contra niños, niñas y adolescentes muchas veces encuentra formas tan simples como un manotazo, una nalgada o un grito, y se justifica como una forma normal de disciplina, pero no lo es; cada una de estas manifestaciones tiene un impacto negativo en el desarrollo y la autoestima”, advierte UNICEF.

En su artículo 47 fracción VIII la LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES expone:
Artículo 47. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, están obligadas a tomar las medidas necesarias para prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por:

VIII. El castigo corporal y humillante. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante. Castigo corporal o físico es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve. Castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.

Sin embargo, madres y padres, perciben la medida como una intromisión ya que “No creo que el Estado deba decirnos cómo educar a nuestros hijos” y “Es un asunto de cada familia. Mientras no sea un golpe grave”

Organizaciones como UNICEF y colectivos de paternidad responsable, como Papá Alfa, apuntan a que el verdadero objetivo es cambiar el paradigma.

La Ley antichancla representa un avance legal, pero sobre todo un recordatorio: la violencia nunca debe formar parte de la crianza.

El reto ahora es transformar la cultura y acompañar a las familias para que la disciplina se ejerza sin dolor ni humillación.

Existe una línea muy delgada de donde entre la “disciplina” y “corrección” y empieza la violencia.

Fuente
*www. help.unicef.org
* Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

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