El Máximo Tribunal hizo público el proyecto que el ministro ponente elaboró sobre acción de inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas.
MÉXICO
AGENCIAS
El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá propondrá al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidar parcialmente, entre otros puntos, la elección de funcionarios, la reforma judicial, aprobada el pasado 15 de septiembre y que entró en vigor al día siguiente.
Ayer lunes, el Máximo Tribunal hizo público el proyecto que el ministro ponente elaboró sobre acción de inconstitucionalidad 164/2024 y sus acumuladas, en el que destaca que el proceso electoral de 2025 no ofrece garantías.
Los recursos fueron presentados por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento Ciudadano (MC), legisladores integrantes del Congreso de Zacatecas y el partido local Unidad Democrática de Coahuila.
El documento de la sentencia, de 366 fojas, ya fue entregado a los integrantes del Pleno de la SCJN para su estudio, y se espera fecha para su discusión.
SOBRE LA ELECCIÓN
“El sistema analizado no genera las condiciones mínimas de seguridad jurídica requeridas en cualquier sistema democrático. No existe certeza para los aspirantes al cargo de las cualidades que resultarán, en última instancia, definitorias para alcanzar a ser incluido en las listas”.
“No existe certeza para los candidatos sobre las maneras en que será equitativo hacer uso de los espacios públicos ni el tipo de contenido que podría ser objeto de promesa de campaña”, plantea el proyecto elaborado por el ministro González Alcántara Carrancá.
Formalmente, el proceso para la elección de ministros, magistrados y jueces inició formalmente con la tómbola, el pasado 12 de octubre, en la que el Senado seleccionó a 711 funcionarios que deberán dejar sus plazas para ser ocupadas por los ganadores de la elección de junio de 2025.
“No existe certeza para la ciudadanía sobre los perfiles que se le presentarán en una lista masiva y bajo un sistema que no ofrece, tampoco, garantías para que se emita un voto informado. En última instancia, no existe certeza para las personas sobre los perfiles de las personas juzgadoras que, el día de mañana, impartirán justicia y dirimirán conflictos sobre sus derechos, sus obligaciones y sus libertades”, consideró el ministro ponente en su proyecto de sentencia.
SELECCIÓN DE JUECES CANDIDATEABLES
Sobre el proceso para la selección de candidatos a los cargos que se pondrán a elección en junio de 2025, el ministro ponente invalida el método de que llevarán a cabo los Comités de Evaluación, cuya conformación ya comenzó.
“Aun sin analizar la mera elección popular como un método compatible con el régimen democrático y republicano para la elección de personas juzgadoras, es claro que tanto el sistema de postulación de candidaturas como el sistema de listas generado para la votación, corrompen los fundamentos de nuestra República representativa y democrática“, se consideró.
El proyecto también plantea la inconstitucionalidad de la figura de “jueces sin rostro”, debido a que “resguardar la identidad de las personas juzgadoras es contraria directamente a las garantías del debido proceso que deben ser respetadas en cualquier acusación, sobre todo aquellas de naturaleza penal”.
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