Gabriel Alberto Ramírez Nazariego

LA OTRA CARA DEL FEMINICIDIO

En el artículo anterior hablamos que cuando escuchamos la palabra feminicidio vienen a nuestra mente imágenes de mujeres asesinadas y aquellos que conocemos términos legales pensamos en su definición que es la privación de la vida de una mujer por razones de género, y representa la forma más extrema de violencia contra la mujer.

Sin embargo, nos olvidamos que muchas de esas mujeres son madre y han dejado a sus hijos huérfanos, se estima que en México existen, más de 2,900 niñas y niños que han quedado en orfandad a causa del feminicidio entre 2021 y 2025, según reportes periodísticos e investigaciones.

Ya que, a pesar de existir un protocolo para atenderlos, el Estado los ha dejado sin protección.

Creado y publicado formalmente el 4 de agosto del 2021 se instauro el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio, es un instrumento rector en México que orienta y facilita la actuación de las autoridades para garantizar la protección, asistencia social y efectiva restitución de derechos de la niñez y adolescencia que ha perdido a su madre a causa de este delito.

Tiene como objetivos principales:

  • Restitución de derechos: Garantizar el acceso prioritario a la salud física y mental, educación, alimentación y vivienda.

  • Coordinación interinstitucional: Vincular de manera ordenada a los sistemas DIF, SIPINNA, instancias de procuración de justicia y dependencias de bienestar a nivel federal, estatal y municipal.

  • Perspectiva de género y enfoque de derechos: Conducir toda intervención institucional reconociendo el estado de desamparo y vulnerabilidad por el que transitan los menores tras la violencia feminicida.

El ámbito de aplicación del protocolo es para todas las autoridades de los tres órdenes de gobierno pues estas tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de NNAOF (Niñas, Niños y Adolescentes en condición de Orfandad por Feminicidio), en consecuencia, el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de derechos humanos de este grupo de la población, de acuerdo con lo establecido el artículo primero constitucional.

El Protocolo es de observancia obligatoria para las unidades administrativas del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (Sistema DIF) y sirve como un instrumento de coordinación para las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada y como un mecanismo de orientación para las demás autoridades federales, locales y municipales, así como al personal del servicio público en el ámbito de sus respectivas competencias, en general, a toda persona que intervenga en los procedimientos relacionados con la atención a NNAOF, quienes deben contar con un perfil de sensibilidad, perspectiva del principio de interés superior de niñez, adolescencia y conocimientos en materia de derechos.

Todo esto en teoría ya que desde la creación del mismo no ha sido actualizado de forma debida, el protocolo referido surgió para hacer frente a la devastación del feminicidio en la vida de los infantes; sin embargo, fue elaborado de acuerdo a planes y programas que ahora han quedado desactualizados debido a la evolución de las instituciones, lo cual requiere adecuar el marco de actuación a los cambios estructurales y la nueva realidad administrativa. Esto de acuerdo a palabras de la legisladora Ana Luisa Buendía García quienes en el pasado abril del año 2025 en el congreso exhortaron a la persona titular del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), a realizar la revisión y, en su caso, el perfeccionamiento del Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio.

Todo esto sumado a la sentencia García Andrade y otros Vs. México emitida el pasado 19 de diciembre del 2025 ya que uno de los temas prioritarios que ha dejado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) como una tarea pendiente para el Estado mexicano es la protección de las niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio.

CONTINUARA…

Fuente

*www.gob.mx

*www.cndh.org.mx

*www.corteidh.or.cr

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